La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Logística de Venezuela Loma, C.A. contra un acto administrativo de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado sin lugar el recurso, lo que motivó la apelación. La Sala confirmó la decisión de la Corte Primera, argumentando que CADIVI actuó dentro de su competencia al suspender el registro de la empresa por irregularidades en la documentación presentada para la adquisición de divisas.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) actuó conforme a lo establecido en el Decreto Nro. 2.330, que le otorga la facultad de suspender el registro de usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) cuando existan indicios de irregularidades. En este caso, se evidenció que la información presentada por la empresa contenía inconsistencias, lo que justificó la medida cautelar adoptada por la CADIVI. La Sala también desestimó los alegatos de la parte recurrente sobre la falta de acceso al expediente administrativo y la valoración de pruebas, concluyendo que la decisión de la Corte Primera fue correcta y ajustada a derecho.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos precedentes, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial de la sociedad mercantil LOGÍSTICA DE VENEZUELA LOMA, C.A., contra la sentencia Nro. 2013-0796 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 9 de mayo de 2013. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.
Palabras clave
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