Sentencia N° 1128 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de noviembre de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 01128, Exp. 2018-0078, 26/11/2025
Expediente2018-0078
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-11-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por María Teresa Salerno Navarro, en representación de Jacobo Miguel Demurjian Serrano, contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado desistida la demanda de nulidad. La decisión se fundamenta en la falta de diligencia de la parte apelante al no cumplir con los plazos establecidos para el retiro y consignación del cartel de emplazamiento, lo que llevó a la confirmación del desistimiento tácito de la demanda.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de acuerdo a lo antes expuesto, esta Máxima Instancia advierte que el Juzgado de Sustanciación de la referida Corte en el auto de admisión del recurso de nulidad ejercido por la parte actora (21 de enero de 2010), ordenó librar el cartel de emplazamiento con fundamento en “(…) el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (…)” aplicable en razón del tiempo. Al respecto, conviene traer a colación lo establecido en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (2004), aplicable ratione temporis, con relación al retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento a los terceros interesados, el cual es del siguiente tenor: “En el auto de admisión se ordenará la citación del representante del organismo o del funcionario que haya dictado el acto; al Fiscal General de la República, si éste no hubiere iniciado el juicio, el cual deberá consignar un informe hasta el vencimiento del plazo para presentar los informes; al Procurador General de la República en el caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida por estar en juego los intereses patrimoniales de la República. Asimismo, cuando fuere procedente, en esa misma oportunidad, se podrá ordenar la práctica por Secretaría del lapso de tres (3) días de despacho transcurridos desde el día 22 de julio de 2010, exclusive, hasta el día 28 de julio de 2010, inclusive (…)”.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA TERESA SALERNO NAVARRO, actuando en su nombre y en representación del ciudadano JACOBO MIGUEL DEMURJIAN SERRANO, ya identificados, contra la sentencia número 2011-1272 de fecha 31 de octubre de 2011, dictada por la entonces Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual se confirma en los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

apelaciónnulidadcartel de emplazamientoindefensiónjurisdicción contencioso administrativaprocedimientoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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