Sentencia N° 1035 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de octubre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01035, Exp. 2010-0505, 21/10/2010
Expediente2010-0505
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-10-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01035, confirma la inadmisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Ibeth Cecilia Chávez contra decisiones de tribunales laborales. La Sala destaca que la recurrente intenta reabrir un caso ya decidido, lo que infringe el principio de cosa juzgada. Se enfatiza que el recurso contencioso administrativo no es el medio adecuado para impugnar sentencias judiciales, ya que estas son resultado del ejercicio de la función jurisdiccional del Estado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación interpuesta contra la sentencia N° 2009-01136 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 29 de junio de 2009, que declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Ibeth Cecilia Chávez. Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la causa de autos, esta Sala no puede dejar de advertir su preocupación ante las graves deficiencias que se observan en el libelo presentado ante la referida Corte, así como en el escrito de fundamentación a la apelación, toda vez que los planteamientos esbozados resultan confusos a tal grado, que se dificulta en extremo la comprensión de los hechos y la determinación del objeto perseguido por la actora a través de su solicitud. De ahí que la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en un esfuerzo interpretativo de los argumentos traídos por la recurrente, señaló que lo pretendido era la nulidad de las diferentes sentencias emanadas de los Tribunales Laborales, que se pronunciaron con ocasión del recurso de nulidad interpuesto contra la Providencia Administrativa N° 140-95 del 30 de octubre de 1995, dictada por la Inspectoría del Trabajo del entonces Distrito Federal, hoy Distrito Capital, que declaró la caducidad de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada contra la empresa Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV). Por su parte, en el escrito de fundamentación a la apelación, la accionante contradijo el indicado pronunciamiento, señalando que su pretensión “fue dirigida a que se cumpla lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil”, normas que prevén lo relativo a la regulación de competencia.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana IBETH CECILIA CHÁVEZ. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia N° 2009-01136 de fecha 29 de junio de 2009, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso de nulidadcosa juzgadasentenciaCANTVInspectoría del Trabajo

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