La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. Se determinó que el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo era el competente para ejecutar la sentencia que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Nelson Antonio Jiménez Mendoza contra la Resolución Nº 87 de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara. La Sala, al analizar el expediente, concluyó que la ejecución de la sentencia le corresponde al tribunal que dictó el fallo original.
Extracto de la motiva
La presente causa fue remitida a esta Sala, para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Luego del análisis del expediente, la Sala constató que en fecha 1 de marzo de 1999, el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dictó decisión en la cual declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto. Al respecto se observa que la presente causa se encuentra en estado de ejecución de sentencia, la cual declaró con lugar la nulidad de la Resolución Nº 87 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, en fecha 16 de julio de 1996. Ahora bien, visto que la sentencia dictada por el referido Juzgado había quedado firme, ya que contra la misma no fue ejercido recurso de apelación, la ejecución de lo decidido le corresponde al mismo tribunal que dictó el fallo, que no es otro que el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Así se decide.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para ejecutar la sentencia dictada el 01 de marzo de 1999, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Juan Antonio Rodríguez y Juliser Rodríguez, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano NELSON ANTONIO JIMÉNEZ MENDOZA, contra la Resolución Nº 87 del 16 de julio de 1996, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes y remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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