La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Leida Isabel Díaz de Díaz, co-heredera de la 'Sucesión Damia', contra la sentencia del Juzgado Segundo de Primera Instancia que declaró la expropiación de un inmueble. La apelante argumentó violaciones al derecho de defensa y la falta de juramentación del defensor Ad Litem, lo que viciaría el proceso. La Sala, tras analizar las actuaciones, decidió ordenar la consignación de copia certificada de las actas del expediente para poder emitir un pronunciamiento adecuado sobre los vicios denunciados.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la apelante denuncia vicios en el procedimiento expropiatorio, específicamente la falta de juramentación del defensor Ad Litem, lo que afecta el derecho a la defensa. Se destaca que la omisión de esta formalidad puede llevar a la nulidad de las actuaciones. La Sala también considera que la falta de notificación adecuada a las partes puede comprometer la validez del proceso. Por lo tanto, se ordena la consignación de las actas para garantizar una correcta administración de justicia.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena a la ciudadana LEIDA ISABEL DÍAZ DE DÍAZ, en su carácter de coheredera de la 'Sucesión Damia' consignar copia certificada de la totalidad de las actas cursantes en el expediente, a fin de emitir el pronunciamiento requerido, en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de su notificación. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.