Sentencia N° 54 — Sala Plena del TSJ, 27 de septiembre de 2006
TSJ/SP, Sent. N° 54, Exp. 2006-0163, 28/11/2006
Expediente2006-0163
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-09-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Falcón. La controversia surgió a raíz de una demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por PDVSA PETRÓLEO contra Alvin Guerrero, donde se cuestionaba cuál tribunal era competente para conocer del caso debido a la relación laboral entre las partes. La Sala determinó que el Juzgado Segundo era el competente para continuar conociendo del juicio.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el conflicto negativo de competencia se plantea entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, esto es, dos Tribunales que no tienen un superior común, esta Sala, sin más consideraciones al respecto, asume la competencia para conocer del conflicto de competencia, y así se decide. Una vez asumida la competencia, esta Sala pasa a determinar cuál es el órgano judicial competente para resolver el asunto de fondo, para lo cual hace las siguientes consideraciones: El 11 de abril de 2005, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declinó la competencia, en el Juzgado del Circuito Judicial Laboral del Estado Falcón, por las siguientes razones: Por observar el Tribunal de las actas procesales y muy especialmente de la demanda que da origen a este juicio, incoada por la empresa PDVSA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA C.A. en contra del ciudadano ALVIN GUERRERO, por cumplimiento de contrato de arrendamiento, donde el demandante señala que el contrato de arrendamiento de vivienda a que se refiere el cumplimiento demandado, nació como consecuencia de una relación de trabajo entre el demandante y el demandado; y tomando en cuenta que el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, establece: “La competencia por la materia se determina por la naturaleza de la cuestión que se discute, y por las disposiciones legales que la regulan”; y el artículo 29 numeral tercero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, refiere que los Tribunales del Trabajo son competentes para conocer asuntos de carácter contencioso con ocasión de las relaciones laborales como hecho social, de las estipulaciones del contrato de trabajo y de la seguridad social. En consecuencia, siendo que el contrato de arrendamiento a que se refiere la demanda nace con ocasión de una relación de trabajo, que es un hecho social de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo y la Constitución Nacional, concluye este Juzgador que no tiene competencia para conocer el presente juicio de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por causa de relación laboral; y en virtud de que la competencia está unida al principio de que todos deben ser juzgados por su juez natural, declina la competencia en los Tribunales correspondientes del Circuito Judicial Laboral de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo.
Dispositiva
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. SEGUNDO: QUE CORRESPONDE al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, la competencia para continuar conociendo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento interpusiera PDVSA PETRÓLEOS S.A., contra el ciudadano ALVIN GUERRERO. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al mencionado Juzgado.
Palabras clave
conflicto de competenciaarrendamientojurisdicciónrelación laboralCódigo CivilLey Orgánica del Trabajotribunalescompetencia