Sentencia N° 38 — Sala Plena del TSJ, 14 de junio de 2006

TSJ/SP, Sent. N° 38, Exp. 2006-0183, 11/10/2006
Expediente2006-0183
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-06-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra MARÍA ÁLVAREZ. Se determinó que la competencia corresponde al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, dado que la relación arrendaticia surgió de un vínculo laboral entre las partes. La Sala concluyó que el conflicto negativo de competencia planteado entre tribunales de distintas jurisdicciones debe ser resuelto por la Sala Plena, considerando la naturaleza del asunto debatido.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar la situación fáctica y jurídica planteada en el presente caso, evidencia que la relación contractual arrendaticia a que se refiere el actor nació con ocasión de una relación de trabajo entre las partes. Esto se corrobora al considerar que la terminación de esa relación laboral es la causa petendi para interponer la presente demanda. Por lo tanto, la competencia para conocer y decidir la presente causa corresponde al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.

Dispositiva

1. Que ES COMPETENTE para conocer de la regulación de competencia planteada en el presente caso por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2. Que ES COMPETENTE para conocer y decidir la demanda incoada por el abogado Luis Gerardo Castellano Rondón, actuando con el carácter de representante judicial de PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra la ciudadana MARÍA ÁLVAREZ, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Se ORDENA la remisión de las actuaciones al Tribunal declarado competente.

Palabras clave

competenciacontrato de arrendamientorelación laboraldemandajurisdicciónregulacióncumplimiento

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