Sentencia N° 31 — Sala Plena del TSJ, 29 de junio de 2006
TSJ/SP, Sent. N° 31, Exp. 2006-00176, 11/10/2006
Expediente2006-00176
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-06-29
DecisiónEs competente
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la competencia para conocer de la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra GUSTAVO GARCÍA. Se establece que la relación arrendaticia surgió de un vínculo laboral, lo que determina la competencia de los tribunales laborales para conocer del caso. La Sala concluye que el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución es el competente para decidir sobre la demanda.
Extracto de la motiva
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Que ES COMPETENTE para conocer de la regulación de competencia planteado en el presente caso por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. Que ES COMPETENTE para conocer y decidir la demanda incoada por el abogado Luis Gerardo Castellano Rondón, actuando con el carácter de representante judicial de PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra el ciudadano GUSTAVO GARCÍA, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo.
Dispositiva
Se ORDENA la remisión de las actuaciones al Tribunal declarado competente. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Palabras clave
competenciacontrato de arrendamientorelación laboraldemandajurisdiccióntribunales laboralesregulación de competencia