Sentencia N° 211 — Sala Plena del TSJ, 18 de julio de 2007
TSJ/SP, Sent. N° 211, Exp. 2006-00010, 16/10/2007
Expediente2006-00010
PonenteJUAN J. NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-07-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal de Juicio del Trabajo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, relacionado con una demanda por cobro de conceptos laborales. La Sala determinó que le corresponde al Tribunal de Juicio del Trabajo conocer de la demanda, dado que la materia en cuestión se enmarca dentro de las relaciones laborales del sector público. Se ordenó la remisión de las actuaciones al tribunal competente para su resolución.
Extracto de la motiva
La Sala Plena ha tratado el punto referente a su competencia para conocer los conflictos negativos de competencia surgidos entre Tribunales de distintos órdenes jurisdiccionales, en la sentencia N° 24 publicada el 26 de octubre de 2004 (ratificada por la sentencia N° 19, del 02 de agosto de 2006, publicada el 04 de octubre de 2006), la cual señala: "...el Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República...decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico...". En este sentido, resulta competente esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia para conocer de la presente causa, toda vez que justamente el conflicto planteado versa en torno a cual es la materia objeto del proceso, ya que se presenta un conflicto negativo de competencia, en este caso entre tribunales con competencia agraria y tribunales con competencia civil, que no han asumido el conocimiento de la presente causa en tanto que ambos se consideran incompetentes para decidirlo.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. 2.- Que le corresponde al Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, la competencia para pronunciarse sobre la demanda por el cobro del beneficio de cesta ticket contra la Corporación de Salud del Estado Nueva Esparta (CORPOSALUD) y, solidariamente, contra la Gobernación del Estado Nueva Esparta. 3.- Se ORDENA la remisión de las presentes actuaciones junto con oficio al Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, y copia del presente fallo al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Palabras clave
conflicto de competenciademanda laboralcesta ticketsector públicoTribunal Supremo de JusticiaLey Orgánica del TrabajoCORPOSALUDGobernación del Estado