Sentencia N° 202 — Sala Plena del TSJ, 4 de julio de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 202, Exp. 2006-00389, 19/09/2007
Expediente2006-00389
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2007-07-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, ambos del Estado Miranda. El caso se originó por una demanda de prestaciones sociales presentada por Ricardo José Clemente Toro contra la Alcaldía del Municipio Zamora. La Sala Plena asumió la competencia para resolver el conflicto, considerando que se trataba de tribunales de distintas jurisdicciones.

Extracto de la motiva

La demanda se basa en los siguientes hechos: “(…) en fecha 18-06-2001, la Alcaldía del Municipio Zamora, de Guatire Estado Miranda, (…) me Contrato (Sic) como SUPERVISOR DE FISCALES, Adscrito a la Dirección de Hacienda, devengando un sueldo mensual de Seiscientos (Sic) mil bolívares exactos (Bs.600.000,00), teniendo dicho contrato un[a] vigencia de seis (06) meses a partir del 18-06-2001, hasta el 15-12-2001. EL DIA (Sic) 10-09-2001, recibí un oficio suscrito por el ciudadano GERARDO ROJAS, Alcalde del Municipio Autónomo Zamora, mediante el cual se me informó que conforma (Sic) a lo establecido en la Cláusula Quinta del contrato, se me RESCINDIA UNILATERALMENTE, el Contrato,(Sic) sin especificar la CAUSA (Sic) por el cual se llega a tal decisión, por lo cual debe entenderse que si no hay CAUSA Justa (Sic) conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, que lesione o halla (Sic) lesionado los INTERESES (Sic) del Estado, en tal sentido se me debe INDEMNIZAR conforme a lo establecido a los Artículos 108 y 11 , de la Ley Orgánica del Trabajo. (…) Por todo lo antes expuesto, (…) DEMANDO a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ZAMORA, GUATIRE, ESTADO MIRANDA, por la cantidad de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.4.200.000,00) mas (Sic) los intereses de mora y las costas y costo del proceso (…)”.

Dispositiva

PRIMERO: Es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, hoy Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, y el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. SEGUNDO: Que corresponde al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Guarenas, creado en sustitución del extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, la competencia para conocer del presente asunto. En consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al referido Juzgado.

Palabras clave

conflicto de competenciaprestaciones socialesAlcaldíatrabajojurisdiccióncontratoindemnizaciónLey Orgánica del Trabajo

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