Sentencia N° 161 — Sala Plena del TSJ, 29 de octubre de 2008
TSJ/SP, Sent. N° 161, Exp. 2007-00173, 10/12/2008
Expediente2007-00173
PonenteDr. JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaCivil
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-10-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, relacionado con una demanda de cobro de costas procesales. Se determinó que el Tribunal de Juicio N° 3 había declinado su competencia, argumentando que no contaba con las herramientas necesarias para evaluar los gastos reclamados por el demandante, quien había sido absuelto en un proceso penal por difamación.
Extracto de la motiva
La Sala Plena considera necesario referir la sentencia N° 451 dictada por la Sala de Casación Penal de fecha 02 de noviembre de 2006 (Caso: Ideima Margarita Torres de Torrens), con relación a la condenatoria de las costas del proceso penal, conforme a lo cual estableció: Según dispone el título relativo a los efectos económicos del proceso toda decisión que ponga fin a la persecución penal o la archive, o que resuelva algún incidente, aun durante la ejecución penal, determinará a quien corresponde las costas del proceso, las cuales sólo pueden ser impuestas a las personas condenadas por sentencia firme, como pena accesoria a la principal, al querellante si se adhirió a la acusación fiscal en el caso de que el imputado sea absuelto o en el proceso seguido por delito dependiente de instancia de parte agraviada en caso de absolución, sobreseimiento o archivo, así como al denunciante si el mismo provocó el proceso por medio de una denuncia falsa, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 267, 268, 270 y 271 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia surgido entre el Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. 2.- Se ORDENA la remisión del expediente contentivo de la demanda por cobro de costas procesales incoada por el ciudadano ANTONIO SERVANDO VELÁSQUEZ MEJÍAS contra el ciudadano ALFREDO CARABOT CUERVO, al Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, con funciones de distribuidor, para que proceda a realizar la correspondiente distribución de la causa con exclusión del Tribunal de Juicio N° 3 del referido Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
cobro de costasconflicto negativo de competenciajurisdicción penaljurisdicción civilsentencia absolutoriaresponsabilidad civilgastos procesales