Sentencia N° 158 — Sala Plena del TSJ, 29 de octubre de 2008

TSJ/SP, Sent. N° 158, Exp. 2007-00149, 10/12/2008
Expediente2007-00149
PonenteLuis Antonio Ortiz Hernández
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-10-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre varios tribunales respecto a un recurso de nulidad interpuesto por Minerva Josefina Quintana de Carrizales contra el Instituto Pedagógico Rafael Alberto Escobar Lara. La Sala determinó que el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, era el competente para conocer del caso. La decisión se fundamentó en la interpretación de las normas aplicables y en la necesidad de garantizar el acceso a la justicia para los docentes universitarios.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el caso, consideró que la competencia para conocer del recurso de nulidad por razones de ilegalidad del acto administrativo emanado del Instituto Pedagógico Rafael Alberto Escobar Lara, que separó a la ciudadana Minerva Josefina Quintana de Carrizales de su cargo docente, corresponde a un Juzgado Superior Regional Contencioso Administrativo. Se destacó que el acceso a la justicia es un derecho fundamental y que la normativa aplicable establece que los docentes universitarios deben tener un tratamiento especial en cuanto a la competencia de los tribunales. La Sala concluyó que, en virtud de los principios de justicia y equidad, el conocimiento del caso debía ser asumido por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central.

Dispositiva

1) Se declara la competencia para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central del Estado Aragua, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. 2) Que corresponde al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua, conocer del juicio de nulidad por razones de ilegalidad del acto administrativo incoado por la ciudadana Minerva Josefina Quintana de Carrizales contra el Instituto Pedagógico Rafael Alberto Escobar Lara.

Palabras clave

nulidadacto administrativocompetenciadocentejusticiarecursocontencioso administrativoderechos laborales

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