Sentencia N° 10 — Sala Plena del TSJ, 12 de diciembre de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 10, Exp. 2006-00056, 13/02/2008
Expediente2006-00056
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo y el Tribunal de la Carrera Administrativa. Se determinó que la competencia para conocer de la demanda por reincorporación y pago de salarios dejados de percibir correspondía al Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo. La Sala Plena se declaró competente para resolver el conflicto y ordenó la remisión del expediente a la Coordinación del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Extracto de la motiva

La Sala Plena ha señalado que debe atenderse al criterio de afinidad entre la materia debatida y las competencias de cada Sala, a menos que los tribunales en conflicto pertenezcan a distintas jurisdicciones y no resulte posible determinar cuál es la naturaleza o carácter del asunto debatido, en cuyo caso la competencia corresponderá a esta Sala Plena. En el caso de autos, se ha planteado un conflicto negativo de competencia por la materia entre tribunales que pertenecen a distintas jurisdicciones (contencioso administrativa y laboral), por lo cual, de conformidad con el criterio antes expuesto, esta Sala Plena se declara competente para conocer y decidir el conflicto negativo de competencia planteado.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado en el presente caso entre el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer la demanda por reincorporación y pago de salarios dejados de percibir, interpuesta por las abogadas Manuela Veitia, Beatriz Barreto y María de Fátima Spinola, apoderadas judiciales del ciudadano OSWALDO JOSÉ RONDÓN contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ, correspondía al extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente a la Coordinación del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su distribución.

Palabras clave

conflicto de competenciareincorporaciónsalariosuniversidadjurisdicción laboraljurisdicción contencioso-administrativaLey Orgánica del TrabajoLey de Carrera Administrativa

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