Sentencia N° 10 — Sala Plena del TSJ, 7 de mayo de 2002
TSJ/SP, Sent. N° 10, Exp. 0024, 16/05/2002
Expediente0024
PonenteIVAN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-05-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Pleno, se pronunció sobre la nulidad del concurso de oposición para proveer los Tribunales Superiores Civiles y Mercantiles de varios estados, debido a la falta de insaculación de los casos, lo que constituye una grave irregularidad. Se argumentó que la insaculación es esencial para garantizar la imparcialidad y transparencia del proceso de selección de jueces. En consecuencia, se ordenó repetir el concurso con un nuevo jurado y las personas ya admitidas.
Extracto de la motiva
La insaculación de los casos, para sortear el expediente que servirá de base para la elaboración de la sentencia, en el ejercicio práctico del concurso es garantía de la imparcialidad, credibilidad y transparencia necesarias para el correcto desenvolvimiento de los concursos de oposición para el ingreso y permanencia en el Poder Judicial, y en definitiva para garantizarla idoneidad y excelencia de quienes resulten designados como Jueces de la República, por tanto constituye una formalidad esencial a la validez del concurso y su quebrantamiento constituye una grave irregularidad que acarrea, de acuerdo con la norma arriba transcrita, la nulidad del concurso.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Supremo de Justicia, en Pleno, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la nulidad del concurso de oposición para proveer los Tribunales (Categoría "A") Superiores Civiles y Mercantiles de los Estados Anzoátegui, Nueva Esparta, Sucre y Monagas, y ordena repetir el concurso con las personas ya admitidas y con un nuevo jurado, para proveer de jueces a los Tribunales ya referidos.
Palabras clave
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