Sentencia N° 97 — Sala Electoral del TSJ, 20 de mayo de 2002
TSJ/SE, Sent. N° 97, Exp. 02-000014, 20/05/2002
Expediente02-000014
PonenteALBERTO MARTINI URDANETA
MateriaElectoral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-05-20
DecisiónNO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL PRONUNCIARSE
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de amparo constitucional interpuesto por Eduardo Valera contra la Resolución Nº 020227-114 del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar un recurso jerárquico. El accionante alegó la inelegibilidad de los candidatos de la Plancha Nº 5 y la falta de presentación de cuentas por parte de la directiva anterior del sindicato. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que no había materia sobre la cual pronunciarse debido a la falta de impulso procesal del recurrente.
Extracto de la motiva
En virtud de todas las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL PRONUNCIARSE con relación a las solicitudes de amparo constitucional cautelar y medida cautelar innominada solicitadas por el ciudadano EDUARDO VALERO, en el Recurso Contencioso Electoral que interpusiera contra la Resolución N° 020227-114, de fecha 27 de febrero de 2002, emanada del Consejo Nacional Electoral.
Dispositiva
NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL PRONUNCIARSE con relación a las solicitudes de amparo constitucional cautelar y medida cautelar innominada solicitadas por el ciudadano EDUARDO VALERO, en el Recurso Contencioso Electoral que interpusiera contra la Resolución N° 020227-114, de fecha 27 de febrero de 2002, emanada del Consejo Nacional Electoral.
Palabras clave
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