La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por Edgar Alexander Narváez Delgado, en su calidad de Secretario de Administración y Finanzas del S.U.T.I.E.S.E.T., contra la Asamblea General de Trabajadores celebrada el 16 de febrero de 2012. El recurrente alegó que la elección de la Comisión Electoral fue inválida debido a la falta de quórum reglamentario, ya que un número significativo de asistentes no estaba afiliado al sindicato.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Electoral pronunciarse, en primer lugar, acerca de su competencia para conocer el presente recurso contencioso electoral y a tal efecto observa que el artículo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (2010), señala lo siguiente: ‘Artículo 27. Son competencias de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 2. Conocer las demandas contencioso electorales que se interpongan contra los actos de naturaleza electoral que emanen de sindicatos, organizaciones gremiales, colegios profesionales, organizaciones con fines políticos, universidades nacionales y otras organizaciones de la sociedad civil. (…)’. Considerando la norma anterior, aprecia la Sala que el objeto de la presente causa lo constituye la impugnación de la Asamblea General de Trabajadores y Trabajadoras afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Trujillo (S.U.T.I.E.S.E.T.), celebrada en fecha 16 de febrero de 2012, en la cual se escogieron mediante votación los miembros de la Comisión Electoral, lo que necesariamente lleva a calificar la presente demanda, según el criterio material tantas veces definido por esta Sala, como una acción de naturaleza netamente electoral, toda vez que se trata de un asunto que se centra en el ejercicio de los derechos políticos de los integrantes de la referida organización sindical en cuanto a la escogencia de sus autoridades.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Su competencia para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el abogado Edgar Alexander Narváez Delgado, actuando en su carácter de Secretario de Administración y Finanzas del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Trujillo (S.U.T.I.E.S.E.T.), contra la Asamblea General de Trabajadores y Trabajadoras afiliados al Sindicato antes mencionado, celebrada en fecha 16 de febrero de 2012, en la cual se escogieron mediante votación los miembros de la Comisión Electoral. SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de suspensión de efectos.