Sentencia N° 87 — Sala Electoral del TSJ, 24 de mayo de 2006

TSJ/SE, Sent. N° 87, Exp. 06-0000050, 24/05/2006
Expediente06-0000050
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2006-05-24
DecisiónSe acuerda parcialmente la medida cautelar innominada solicitada

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por representantes de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de los Andes, en contra del artículo 5 del Reglamento Electoral de dicha universidad y de la decisión de la Comisión Electoral que convocó a elecciones. La Sala consideró que la Comisión Electoral actuó de manera incompetente al organizar el proceso electoral, lo que podría vulnerar derechos constitucionales de los estudiantes. Se acordó suspender el acto de votación programado para el 31 de mayo de 2006 y el proceso electoral en general, hasta que se resuelva el fondo del asunto.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer, tramitar y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZUÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ANGEL MARÍN GRATEROL, en su condición de PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN DE CENTROS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, el primero, y, PRESIDENTES DE CENTROS DE ESTUDIANTES, los segundos, contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de los Andes en lo atinente a la organización, administración, dirección y vigilancia de los actos electorales que se produzcan con ocasión de la elección de la Junta Directiva de la Federación de Centros Universitarios y de los diferentes Centros de Estudiantes, por una parte, y, por la otra, contra la Dirección de la Universidad de los Andes por órgano, de su Comisión Electoral que en reunión de fecha 05 de abril de 2006 acordó realizar un “…llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil”, recogido en Acta número 06; así como de cualquier acto administrativo concomitante o posterior que se fundamente en los mismos.

Dispositiva

Se acuerda parcialmente la medida cautelar innominada solicitada, en consecuencia, se suspende el acto de votación pautado según Cronograma Electoral para el día 31 de mayo de 2006, así como el proceso electoral acordado por la Comisión Electoral de la Universidad de los Andes en fecha 05 de abril de 2006, Acta número 06 (caso 10), y de los efectos que éste hubiere generado.

Palabras clave

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