Sentencia N° 7 — Sala Electoral del TSJ, 8 de marzo de 2005

TSJ/SE, Sent. N° 07, Exp. 03-000069, 08/03/2005
Expediente03-000069
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-03-08
DecisiónNO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de ejecución de una sentencia anterior que ordenaba la convocatoria a elecciones en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa TELENORMA. Los solicitantes alegaron que el Consejo Nacional Electoral no había emitido pronunciamiento sobre los proyectos electorales presentados, lo que impedía la realización de elecciones. Sin embargo, la Sala constató que el proceso electoral ya estaba en marcha y que se habían fijado fechas para la elección de las autoridades del sindicato.

Extracto de la motiva

La solicitud presentada por los ciudadano MILADY OROPEZA, LESLI TERESA MORENO, CREINQUIN SAMUEL PERDOMO, CARMEN ELENA LONGA, ANA MARÍA SUEIRAS, LUIS AVILES ARJONA, JOSÉ SALAS, JUAN ALVÁREZ y REINA PARRA, en su escrito de fecha 30 de agosto de 2004, tiene como pretensión, el que esta Sala Electoral ordene la ejecución de su sentencia de fecha 20 de octubre de 2003, en la cual declaró procedente la solicitud de convocatoria de elecciones interpuesta por los prenombrados ciudadanos, y ordenó a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa TELENORMA (SITRATEN) que reinicie el trámite del proceso electoral para la renovación de los integrantes de la Junta Directiva de dicho Sindicato. Esta solicitud fue presentada por los prenombrados ciudadanos alegando, que el Consejo Nacional Electoral no había emitido pronunciamiento alguno sobre el Proyecto Electoral Preliminar que en fecha 05 de diciembre de 2003 la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa TELENORMA (SITRATEN) sometió a la consideración de dicho órgano; así como tampoco del Proyecto Electoral que presentaron el 28 de abril de 2004, ni de los presentados en los meses de mayo y junio de 2004, situación esta que impedía en consecuencia que se celebraran las elecciones para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa TELENORMA (SITRATEN), y que implicaba un desacato a la sentencia dictada por esta Sala.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR y ordena archivar el presente expediente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación.

Palabras clave

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