Sentencia N° 64 — Sala Electoral del TSJ, 14 de junio de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 64, Exp. 05-000047, 14/06/2005
Expediente05-000047
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Douglas José Bernal, Derwin Piña y Crista Vargas contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Institutos Educacionales del Estado Zulia. Los accionantes alegan irregularidades en el proceso electoral del 5 de mayo de 2005, argumentando violaciones a sus derechos constitucionales y a normas electorales.
Extracto de la motiva
El criterio jurisprudencial antes trascrito es plenamente aplicable al caso de autos, toda vez que, al pretender los accionantes mediante esta vía procesal obtener una declaratoria judicial de nulidad del proceso electoral planteado, se evidencia que la acción de amparo constitucional no es el medio idóneo para la satisfacción de sus pretensiones. En virtud de lo antes expuesto esta Sala Electoral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5, encabezamiento y 6 numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Douglas José Bernal, Derwin Piña y Crista Vargas, antes identificados, asistidos por el abogado Segundo José Páez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.490, en contra de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Institutos Educacionales del Estado Zulia (SUTIEZ), con relación al proceso electoral celebrado el 5 de mayo de 2005 en el referido Sindicato para elegir a la Junta Directiva correspondiente al período 2005-2008.
Palabras clave
amparo constitucionalproceso electoralirregularidadesderechos constitucionalesSindicato Único de TrabajadoresComisión Electoralnulidadvotación