Sentencia N° 63 — Sala Electoral del TSJ, 11 de mayo de 2004

TSJ/SE, Sent. N° 63, Exp. 04-000015, 11/05/2004
Expediente04-000015
PonenteALBERTO MARTINI URDANETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-05-11
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acumulación de dos recursos contenciosos electorales interpuestos por JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIÉRREZ CARMONA, así como por FIDEL LA ROSA, contra la Resolución N° 040206-082 del Consejo Nacional Electoral. La Sala consideró que existía conexidad entre ambos casos, dado que ambos recursos impugnaban la misma resolución y afectaban a los mismos actores en el contexto del proceso electoral del sindicato de trabajadores de la C.A. Metro de Caracas.

Extracto de la motiva

Con fundamento en los artículos 27 y 297 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 121 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, 19 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 1, 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, los ciudadanos JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIÉRREZ CARMONA interponen recurso contencioso electoral de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad conjuntamente con acción de amparo cautelar, en contra de la Resolución N° 040206-082 de fecha 6 de febrero de 2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que les fuera notificada en fecha 12 de febrero de 2004, con base en los siguientes alegatos: Que la Resolución impugnada, al referir los alegatos por ellos esgrimidos en sede administrativa, mediante un impropio aserto señaló que el acto emanado de la Comisión Electoral los inhabilitó como electores y posibles candidatos, cuando lo cierto es que dicho acto revocó el acto de admisión de la postulación de toda la plancha N° 7, afectando así a todos los integrantes de la plancha que habían sido postulados, lo cual derivó, a decir de los recurrentes, en que el Consejo Nacional Electoral partiera de un falso supuesto, al reseñar como alegatos de la parte recurrente, hechos y circunstancias que no se aparejan con la realidad, conforme a lo establecido en la Resolución originaria.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de acumulación de causas Nos. 2004-000015 y 2004-000018 formulada por el Consejo Nacional Electoral, contentivas de los Recursos de Nulidad interpuestos por los ciudadanos JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIÉRREZ CARMONA, por una parte, y FIDEL LA ROSA, por la otra, contra la Resolución N° 040206-082 dictada en fecha 6 de febrero de 2004 por el Consejo Nacional Electoral, con ocasión del proceso electoral de renovación de autoridades del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA C.A. METRO DE CARACAS (SITRAMECA). Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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