Sentencia N° 61 — Sala Electoral del TSJ, 30 de marzo de 2006
TSJ/SE, Sent. N° 61, Exp. X-06-00007, 30/03/2006
ExpedienteX-06-00007
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2006-03-30
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la medida cautelar solicitada por el Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo del Estado Aragua, en relación a la suspensión de un proceso electoral. La decisión se fundamenta en la falta de prueba suficiente que evidencie un daño inminente, ya que no se ha autorizado la realización de nuevas elecciones. Se argumenta que la parte recurrente no cumplió con los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, específicamente el periculum in mora.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral, al analizar la solicitud de medida cautelar, establece que las medidas cautelares son un instrumento necesario para la eficiencia de la justicia, garantizando la protección de los derechos presuntamente violados hasta que se dicte el fallo definitivo. En este caso, se observa que la parte actora fundamenta la configuración del periculum in mora en el uso de fondos provenientes de cuotas sindicales para nuevas elecciones, lo que podría causar un daño irreparable. Sin embargo, la Sala concluye que no existe un permiso para la realización de nuevas elecciones, lo que hace que el daño sea un hecho futuro e incierto, por lo que no se puede decretar la medida cautelar solicitada.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada a los fines de que “…se ordene la suspensión de todo proceso electoral que pueda ser convocado para la escogencia de la directiva de SUDEPEL-ARAGUA, valiéndose de la Resolución objeto de este Recurso”.
Palabras clave
medida cautelarrecurso contencioso electoralsindicatoConsejo Nacional Electoralderecho a la defensairretroactividadcuotas sindicales