Sentencia N° 54 — Sala Electoral del TSJ, 28 de marzo de 2012

TSJ/SE, Sent. N° 54, Exp. AA70-E-2010-069, 29/03/2012
ExpedienteAA70-E-2010-069
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2012-03-28
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de ejecución forzosa del fallo número 18, dictado el 23 de marzo de 2011, en el que se ordenó a la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente suspender cualquier proceso electoral hasta que se dicte un nuevo Reglamento de Elecciones. El accionante alegó que la Rectora y el Consejo Universitario no habían cumplido con lo ordenado, lo que llevó a solicitar la ejecución del fallo. La Sala, al evaluar la situación, constató que existía resistencia al cumplimiento del mandato judicial.

Extracto de la motiva

Advierte la Sala, que los argumentos esbozados por el peticionante están referidos a la ejecución del mandato contenido en la sentencia número 18 publicada el 23 de marzo de 2011, mediante la cual se declaró con lugar los recursos ejercidos por él mismo, conjuntamente con los ciudadanos, Sebastián De Jesús Betancourt Cermeño, José Luis Farías y Luisa Margarita Aragort, así como por los ciudadanos William Senior Galindo, Julio Marín, Ney Luiggi, José Gregorio González, Antonio Curcu, Nahum Salazar Benítez y Alberto Solórzano; ordenó a la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente a suspender cualquier proceso electoral hasta tanto no se dicte un nuevo Reglamento de Elecciones; ordenó a la Rectora de la aludida Universidad a convocar en un lapso de quince (15) días hábiles, al Consejo Universitario para que éste a su vez, dentro de un lapso de treinta (30) días hábiles, reforme y publique un nuevo Reglamento Electoral ajustado a la Ley Orgánica de Educación; ordenó que una vez reformado el Reglamento se convoque al proceso electoral en un plazo de treinta (30) días hábiles; por último, ordenó que las actuales autoridades permanezcan en sus cargos hasta tanto se realice la elección.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de ejecución formulada por el ciudadano Pedro Ramón Machado Martínez, titular de la cédula de identidad número 8.885.904, en consecuencia, se ORDENA la notificación de la Rectora de la Universidad de Oriente a fin de que al día hábil siguiente a su notificación convoque al Consejo Universitario, para que en un plazo de tres (3) días hábiles inicie las discusiones sobre la reforma del Reglamento de Elecciones, rigiéndose desde ese momento por los plazos y lineamientos expresados en el fallo número 18, publicado el 23 de marzo de 2011, con la advertencia que el incumplimiento de esta orden acarrará las sanciones contempladas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

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