Sentencia N° 51 — Sala Electoral del TSJ, 30 de septiembre de 2021
TSJ/SE, Sent. N° 51, Exp. 2015-000102, 30/09/2021
Expediente2015-000102
PonenteFANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2021-09-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por miembros del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval, en relación con el proceso electoral realizado el 11 de marzo de 2015. Se determina la nulidad del proceso electoral debido a la exclusión de varios afiliados del registro electoral y la inelegibilidad de algunos miembros proclamados de la Junta Directiva. Se ordena la convocatoria a una nueva asamblea general para elegir una nueva Comisión Electoral y se deja sin efecto la suspensión del acto de proclamación de la Junta Directiva anterior.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en el caso que nos ocupa, se advierte que el proceso electoral cuyo acto de votación se impugna, fue realizado el 11 de marzo de 2015 y previo al mismo fueron producidas en fechas 3 de diciembre de 2014, 15 de septiembre de 2014 y 4 de marzo de 2015, las Providencias Administrativas mediante las cuales fueron autorizados los despidos de los ciudadanos Eglee Yamisle Lamas, William Wilfredo Mora Salazar y Marcos Alejandro Guanipa, en tal sentido, la Cláusula 57 de la Convención Colectiva de SUTINS, no resulta aplicable al caso in comento, dado que ese supuesto es aplicable para los trabajadores de las empresas de la industria naval que formen parte de SUTINS y resulta evidente de los Actos emanados de la Inspectoría del Trabajo, que fue autorizado el despido de los ciudadanos señalados supra y por tanto, ya no formaban parte del Sindicato de autos.
Dispositiva
Se declara la NULIDAD del proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de SUTINS para elegir a las autoridades del referido Sindicato y cuyo acto de votación fue realizado el 11 de marzo de 2015. Se ORDENA se convoque a una asamblea general a fin de elegir una nueva Comisión Electoral para llevar a cabo la renovación de las autoridades de SUTINS.
Palabras clave
nulidadproceso electoralSUTINSinelegibilidadderecho al sufragio