Sentencia N° 49 — Sala Electoral del TSJ, 3 de junio de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 49, Exp. AA70-E-2011-000012, 05/06/2013
ExpedienteAA70-E-2011-000012
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2013-06-03
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A. Banco Universal, contra la resolución del Consejo Nacional Electoral que declaró inelegibles a varios miembros de su Junta Directiva. Se ratificó la inelegibilidad de los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas y Manuel A. Quiñonez, mientras que se declaró nula la inelegibilidad de otros ciudadanos que no fueron impugnados, por no haberse garantizado su derecho a la defensa. La decisión se fundamenta en la falta de rendición de cuentas de la Junta Directiva durante los años anteriores.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral considera que el Consejo Nacional Electoral, al dictar la resolución impugnada, actuó conforme a derecho al declarar la inelegibilidad de los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas y Manuel A. Quiñonez, quienes no rindieron cuentas de su gestión. Sin embargo, se constató que la inelegibilidad de otros miembros de la Junta Directiva fue declarada sin que estos hubieran sido impugnados, lo que vulneró su derecho a la defensa. Por lo tanto, se revoca parcialmente la resolución en este aspecto, manteniendo la inelegibilidad de los tres primeros mencionados.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral, interpuesto por el abogado Nelis Emiro Carrero Soto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 82.001, actuado en su carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A. (SINTRACORPBANCA). En consecuencia se declara la nulidad parcial de la Resolución N° 101117-0485, de fecha 17 de noviembre de 2010, publicada en la Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral, sólo en lo que respecta a la inelegibilidad declarada de Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez, y se ratifica la Inelegibilidad de los ciudadanos Omaira Rosales R, Juan José Rivas, y Manuel A. Quiñonez.

Palabras clave

recurso contencioso electoralinelegibilidadSindicato Nacional de Trabajadores de Corp-BancaConsejo Nacional Electoral

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