Sentencia N° 46 — Sala Electoral del TSJ, 1 de junio de 2023

TSJ/SE, Sent. N° 046, Exp. 2022-000020, 01/06/2023
Expediente2022-000020
PonenteCARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-06-01
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán contra Jacobo Mármol, Marina Rodríguez y Orlando Chirinos, en el marco del proceso electoral de renovación de las autoridades del Colegio de Abogados del Estado Lara. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente en cuanto a la claridad y precisión de los hechos alegados por los accionantes.

Extracto de la motiva

motivaron la presente acción, acreditando la cualidad con la que alegan actuar, precisando además en qué consisten y cómo se manifiestan las presuntas obstaculizaciones denunciadas y si la presente Acción de Amparo tiene por objeto la convocatoria electoral, o que se resuelva la situación de legitimidad delatada en referencia a sus autoridades, o si tiene por objeto el cese de las perturbaciones y vías de hecho, que subyacen al irregularmente iniciado proceso electoral de renovación de las autoridades del Colegio de Abogados del Estado Lara…”, ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Vista la sentencia N°039 dictada el 25 de mayo de 2022, madiante auto del 31 de mayo de 2023, el Juzgado de Sustanciación acordó y libró las correspondientes notificaciones, dejando constancia que en esa misma fecha se libró comisión al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara para tal fin. El 21 de julio de 2022, el Juzgado de Sustanciación dejó constancia de haber recibido el oficio N° 312-2022, del 7 de julio de

Dispositiva

1.- INADMISIBLE la acción amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por las ciudadanas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, ya identificadas, contra “los ciudadanos JACOBO MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ Y ORLANDO CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad números 15.597.103, 16.898.956 y 16.088.002, respectivamente, en el marco del proceso electoral de renovación de las autoridades del Colegio de Abogados del Estado Lara”, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

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