Sentencia N° 46 — Sala Electoral del TSJ, 29 de mayo de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 46, Exp. AA70-E-2010-000054, 29/05/2013
ExpedienteAA70-E-2010-000054
PonenteOSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecucion Forzosa
Fecha de la decisión2013-05-29
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de ejecución forzosa presentada por Carlos Andrés Hernández Santos, afiliado al SUNEP-IPASME, en relación a la sentencia N° 155 del 9 de noviembre de 2010. La solicitud se fundamentaba en el incumplimiento de la junta directiva del sindicato respecto a la convocatoria a elecciones. La Sala argumenta que el comité ejecutivo del SUNEP-IPASME cumplió con la sentencia al convocar elecciones para el 15 de marzo de 2013, lo que desvirtúa la solicitud de ejecución forzosa y la sanción solicitada contra la junta directiva por desacato.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral, al analizar la solicitud de ejecución forzosa y declaratoria de desacato, observa que el ciudadano Carlos Andrés Hernández Santos, asistido por su abogado, alega que la junta directiva del SUNEP-IPASME no ha dado cumplimiento a la sentencia N° 155 de fecha 09/11/2010, que ordenaba la convocatoria a elecciones. Sin embargo, se constata que el comité ejecutivo del SUNEP-IPASME ha cumplido con el mandato de la sentencia, notificando formalmente al Consejo Nacional Electoral sobre la convocatoria a elecciones, lo que lleva a la Sala a declarar improcedente la solicitud de ejecución forzosa.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ANDRÉS HERNÁNDEZ SANTOS, titular de la cédula de identidad número V-6.168.161, actuando en su condición de afiliado al Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos al servicio del Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, asistido por el abogado Juan Palencia España, referida a: i) La EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia N° 155 dictada el 9 de noviembre del 2010; ii) que se sancione con la multa prevista en el artículo 121 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a la morosa electoral junta directiva del SUNEP-IPASME; y iii) que se ordene al Consejo Nacional Electoral convocar las elecciones para la renovación de la Junta Directiva Nacional del SUNEP-IPASME.

Palabras clave

Ejecución ForzosaSUNEP-IPASMEConvocatoria a EleccionesSentencia N° 155

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