La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia respecto al recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos contra la Resolución N° 120919-0543 del Consejo Nacional Electoral. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados, lo que se considera una falta de interés en la continuación del proceso. La sentencia resalta la importancia de cumplir con los plazos establecidos en la ley para evitar la extinción del proceso.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en fecha 13 de noviembre de 2012, por el abogado José Del Carmen Blanco, actuando como apoderado de los ciudadanos Manuel Bernardo España Landaeta, José Aristóbulo Padrino Duarte, Gaetano Bonzignore Marino y Carmen Esbelia Silva de Padrón, contra la Resolución N° 120919-0543 de fecha 19 de septiembre de 2012 y publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 651 de fecha jueves 18 de octubre de 2012 y que [les fue] notificada por la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Trabajadores de Enseñanza y Afines de Venezuela (FETRAENSEÑANZA) en fecha 25 de octubre de 2012, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral decidió declarar: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Miguel Medina Flores, venezolano, titular de la cédula de identidad 8.787.781, actuando en su carácter de afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del Estado Guárico (SINTEG), contra la postulación de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicha Federación, por razones de inelegibilidad. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos Jesús Ramírez, Ramón Jiménez, Freddy Rojas, Alfredo Pérez, Carlos Jiménez (sic), Manuel España, José Padrino, Gaetano Bonzignore, Yolanda Betancourt, Carmen Padrón, Xiomara Portillo, Freddy Alejos, Francisco Mattey, Régulo Díaz y Roberto Campero, titulares de las cédulas de identidad números 584.970, 2.666.087, 5.224.434, 3.502.388, 3.323.044, 1.374.194, 3.503.054, 4.114.157, 3.691.578, 2.775.555, 5.825.338, 4.963.687, 2.105.292, 3.367.505 y 7.236.940…
Dispositiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en fecha 13 de noviembre de 2012, por el abogado José Del Carmen Blanco, actuando como apoderado de los ciudadanos Manuel Bernardo España Landaeta, José Aristóbulo Padrino Duarte, Gaetano Bonzignore Marino y Carmen Esbelia Silva de Padrón, contra la Resolución N° 120919-0543 de fecha 19 de septiembre de 2012 y publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 651 de fecha jueves 18 de octubre de 2012 y que [les fue] notificada por la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Trabajadores de Enseñanza y Afines de Venezuela (FETRAENSEÑANZA) en fecha 25 de octubre de 2012, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral decidió declarar: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Miguel Medina Flores, venezolano, titular de la cédula de identidad 8.787.781, actuando en su carácter de afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del Estado Guárico (SINTEG), contra la postulación de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicha Federación, por razones de inelegibilidad. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos Jesús Ramírez, Ramón Jiménez, Freddy Rojas, Alfredo Pérez, Carlos Jiménez (sic), Manuel España, José Padrino, Gaetano Bonzignore, Yolanda Betancourt, Carmen Padrón, Xiomara Portillo, Freddy Alejos, Francisco Mattey, Régulo Díaz y Roberto Campero, titulares de las cédulas de identidad números 584.970, 2.666.087, 5.224.434, 3.502.388, 3.323.044, 1.374.194, 3.503.054, 4.114.157, 3.691.578, 2.775.555, 5.825.338, 4.963.687, 2.105.292, 3.367.505 y 7.236.940…
Palabras clave
perenciónrecurso contencioso electoralinelegibilidadConsejo Nacional Electoral