La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso administrativo de nulidad interpuesto por José Manuel Guanipa contra el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, relacionado con el Reglamento de Elecciones Universitarias. La Sala concluyó que el Consejo Universitario tiene la competencia para regular las elecciones de representantes de egresados, y que el artículo 106 del reglamento impugnado no vulnera el derecho a la participación de los egresados. Se declaró sin lugar el recurso, reafirmando la autonomía universitaria y la validez del reglamento en cuestión.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- SIN LUGAR el “Recurso Administrativo de Nulidad, conjunto con Acción Cautelar de Amparo Constitucional contra Acto Administrativo General de Efectos Normativos de fecha 31 de Octubre del año 2007, emanado del CONSEJO UNIVERSITARIO de la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, mediante el cual dicta Reglamento de Elecciones Universitarias, específicamente, Capítulo XI: De la Representación de los Egresados…”, interpuesto por el abogado JOSÉ MANUEL GUANIPA, actuando en nombre propio, en su carácter de ex-presidente del Colegio de Ingenieros de Venezuela-Centro de Ingenieros del Estado Aragua y en representación del ciudadano LUIS PORFIRIO CUEVAS PAREDES, actual presidente de la referida organización gremial.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- SIN LUGAR el “Recurso Administrativo de Nulidad, conjunto con Acción Cautelar de Amparo Constitucional contra Acto Administrativo General de Efectos Normativos de fecha 31 de Octubre del año 2007, emanado del CONSEJO UNIVERSITARIO de la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, mediante el cual dicta Reglamento de Elecciones Universitarias, específicamente, Capítulo XI: De la Representación de los Egresados…”, interpuesto por el abogado JOSÉ MANUEL GUANIPA, actuando en nombre propio, en su carácter de ex-presidente del Colegio de Ingenieros de Venezuela-Centro de Ingenieros del Estado Aragua y en representación del ciudadano LUIS PORFIRIO CUEVAS PAREDES, actual presidente de la referida organización gremial. Publíquese, regístrese y notifíquese.