Sentencia N° 25 — Sala Electoral del TSJ, 15 de mayo de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 25, Exp. AA70-E-2013-000023, 15/05/2013
ExpedienteAA70-E-2013-000023
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2013-05-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por miembros de la comunidad universitaria de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar, quienes impugnaron la decisión del Consejo Directivo y la Comisión Electoral de no incluir al personal administrativo, obrero y estudiantes no regulares en el registro electoral para las elecciones de autoridades universitarias. La Sala declaró su competencia y desestimó el alegato de caducidad presentado por la Universidad, argumentando que el proceso electoral estaba en desarrollo y que las irregularidades denunciadas debían ser atendidas.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral considera que el recurso contencioso electoral se interpone contra actos de naturaleza electoral, lo que le otorga competencia. Se argumenta que la exclusión de ciertos sectores de la comunidad universitaria del registro electoral contraviene la Ley Orgánica de Educación, que establece el derecho al voto en igualdad de condiciones. La Sala también señala que la caducidad no puede ser alegada en este caso, dado que el proceso electoral está en curso y se están impugnando irregularidades en el registro electoral.

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Leonardo Rafael Caraballo Bolívar y Romaira del Carmen López Rattia, miembros del personal técnico administrativo; José Eduardo Bermúndez García y Kaira Yenil Carreño, miembros del personal obrero; Asdrúbal Leonardo Melo Urbina y Jesiree Denisse García Díaz, en su carácter de estudiantes, todos integrantes de la comunidad universitaria de la Universidad Nacional Experimental “Simón Bolívar” (UNESB), asistidos por el abogado Rosalio Montero Guevara, a los fines de “…impugnar por inconstitucionalidad e ilegalidad de la decisión y actuaciones del Consejo Directivo y de la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental 'Simón Bolívar' (UNESB), (…) de no incluir al personal administrativo, al personal obrero y a los estudiantes no regulares, en el registro electoral para elegir a las autoridades de la Universidad, en el proceso de elección del Rector o Rectora, Vicerrectores o Vicerrectoras y Secretario o Secretaria General de la Universidad…”, cuyo acto de votación se fijó para el día veintitrés (23) de mayo de dos mil trece (2013). 2.- ADMITE el presente recurso. 3.- DESESTIMA el planteamiento relativo la existencia de cuestiones prejudiciales formulado por el abogado Héctor José Galarraga Giménez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Experimental “Simón Bolívar” (UNESB), en el escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho. 4.- CON LUGAR la pretensión cautelar y ORDENA LA SUSPENSIÓN de la elección del Rector o Rectora, Vicerrector o Vicerrectora y Secretario o Secretaria General de la Universidad Nacional Experimental “Simón Bolívar” (UNESB), respecto de la cual la primera vuelta del acto de votación se ha fijado para el día veintitrés (23) de mayo de dos mil trece (2013), hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa. 5.- SIN LUGAR la solicitud de declaratoria de mero derecho. 6.- DESESTIMA la solicitud de llamado como tercero interviniente a la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Procurador General de la República y del Presidente de la Asamblea Nacional.

Palabras clave

recurso contencioso electoraluniversidadderecho al voto

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