La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por miembros del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico, argumentando la mora en la renovación de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario. La Sala declaró su competencia para conocer la solicitud, considerando que la naturaleza del asunto es electoral y que el derecho a la convocatoria a elecciones es fundamental para los trabajadores sindicalizados, conforme al artículo 95 de la Constitución.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral ha establecido que la solicitud de convocatoria a elecciones es un mecanismo procesal idóneo para asegurar el ejercicio del derecho a la democracia sindical ante la falta de convocatoria a elecciones cuando se ha vencido el período de las autoridades. En este sentido, se considera que la condición de que la solicitud deba ser presentada por un mínimo del diez por ciento de los afiliados al sindicato es una limitación injustificada al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, por lo que se desaplica dicha condición en el presente caso.
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones, presentada por los ciudadanos JOSÉ USECHE, JACQUELINE GUILLÉN, EVA SÁNCHEZ, CRUZ SOSA, JOHAN FERNÁNDEZ, JUAN BLANCO, GUILLERMO BLANCO y JOSÉ PASTRANO. SEGUNDO: ADMITE la presente causa y ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional. TERCERO: ORDENA la citación de la actual Junta Directiva del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico.