Sentencia N° 181 — Sala Electoral del TSJ, 6 de noviembre de 2008
TSJ/SE, Sent. N° 181, Exp. 08-000074, 06/11/2008
Expediente08-000074
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-06
DecisiónHomologa el desistimiento del procedimiento de amparo
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de estudiantes de la Universidad Central de Venezuela, quienes buscaban ser incluidos en el registro electoral para las elecciones de representantes estudiantiles. El 6 de noviembre de 2008, los accionantes manifestaron su voluntad de desistir del procedimiento, lo que fue homologado por la Sala. La decisión también revocó la medida cautelar que suspendía el acto de votación programado para el 7 de noviembre de 2008.
Dispositiva
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento de amparo intentado por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO CASANOVA, LUIS MANUAL BAENA CASTRO, ADRUSKIN RANGEL, LENIN SOSA, LEIDY MONTAÑEZ, CARLOS MIGUEL PACHECO y ESLUVE SOSA, actuando en su condición de estudiantes de la Escuela de Derecho de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, quienes señalan ser miembros del grupo estudiantil Proyecto de Integración Estudiantil PIE-54 y candidatos a cargos de representación estudiantil en dicha Escuela, los primeros, y estudiante profesional de la misma Escuela la última de ellas, asistidos por los abogados Juan Luis Sosa, Miguel Bermúdez, Alexandra Téllez, José Félix García, Aída Quijada y Jonás Romero, contra las resoluciones y boletines emanados de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en los cuales se excluye del Registro Electoral a los estudiantes profesionales que cursan una segunda carrera en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de esa Casa de Estudios, así como contra: “…la negación expresa de incorporarlos al Registro Electoral luego de las impugnaciones hechas a dicho registro en el lapso establecido para ello, en relación a la elección de representantes estudiantiles al gobierno y el cogobierno universitario en la UCV, para el período 2008-2009, conjuntamente con solicitud cautelar innominada de incorporación al proceso electoral del próximo 07 de noviembre de 2008, de los estudiantes profesionales que cursan una segunda carrera en la facultad de ciencias jurídicas y políticas de la universidad central de venezuela” (sic). SEGUNDO: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de “… SUSPENSIÓN del acto de votación del proceso electoral, cuya realización está fijada para el próximo 7 de noviembre, de los representantes estudiantiles ante los órganos de co-gobierno universitario, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”, acordada en fallo de esta Sala número 179 del 5 de noviembre de 2008. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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