Sentencia N° 174 — Sala Electoral del TSJ, 18 de octubre de 2007

TSJ/SE, Sent. N° 174, Exp. 07-000025, 18/10/2007
Expediente07-000025
PonenteJUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2007-10-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ contra la Resolución No. 070207-035 del Consejo Nacional Electoral, que declaró con lugar la impugnación de NORA GODOY. La Sala declaró nula la resolución impugnada, argumentando que el Consejo Nacional Electoral extralimitó sus atribuciones al decidir sobre la impugnación sin que la Comisión Electoral del sindicato hubiera emitido un pronunciamiento previo. Se ordenó la reconstitución de la Comisión Electoral y la sustanciación de la impugnación presentada por NORA GODOY.

Extracto de la motiva

La Sala ha revisado en su totalidad los antecedentes administrativos del caso y observa que los recurrentes, ciudadanos ULISES SUÁREZ y ALEXIS CANELÓN, presentaron dos (2) escritos en el marco del procedimiento administrativo sustanciado por el Consejo Nacional Electoral, con ocasión de la impugnación formulada en su contra por la ciudadana NORA GODOY. El primero de dichos escritos fue presentado el 25 de julio de 2006 (folios 1016 y 1017, pieza 9/10) y el segundo el 18 de agosto de 2006 (folios 1014 y 1015, pieza 9/10). En ambos escritos los comparecientes hicieron los siguientes planteamientos: i) alegaron la violación al debido proceso, con base en que la impugnación no fue presentada ante la Comisión Electoral, y ii) contradijeron la alegada inelegibilidad, señalando que sí presentaron cuentas de gestión en los términos que señala el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. Señalado lo anterior, la Sala observa que los recurrentes no le plantearon al Consejo Nacional Electoral alegato alguno vinculado a una supuesta falta de cualidad para recurrir de la ciudadana NORA GODOY, por el contrario, de la redacción del segundo párrafo del segundo escrito pudiera desprenderse que no había objeción en tal sentido, dado que en el mismo reconocen la condición de trabajadora en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) de la ciudadana NORA GODOY, cual es la condición general que exige el artículo Tercero (3°) de los Estatutos del Sindicato para considerar a un trabajador como afiliado.

Dispositiva

PRIMERO: Se ADMITE la intervención del ciudadano WILFREDO RAMÓN FAUDITO como tercero adhesivo coadyuvante. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ contra la Resolución No. 070207-035 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 7 de febrero de 2007, en el marco del proceso electoral celebrado en el SINDICATO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES DEL ESTADO LARA (SUTIVSS) en fecha 18 de agosto de 2006. TERCERO: NULA la referida Resolución No. 070207-035 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 7 de febrero de 2007. CUARTO: Se ORDENA sustanciar y decidir la impugnación interpuesta en sede administrativa por la ciudadana NORA GODOY en fecha 08 de mayo de 2006, en los términos y condiciones establecidos en la motiva de esta decisión, en razón de lo cual se ordena notificar del presente fallo a la Comisión Electoral del SINDICATO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES DEL ESTADO LARA (SUTIVSS), en la persona de uno cualesquiera de sus Miembros principales.

Palabras clave

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