Sentencia N° 172 — Sala Electoral del TSJ, 17 de octubre de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 172, Exp. 07-000059, 17/10/2007
Expediente07-000059
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de interpretación del artículo 10 de la Ley de Universidades, solicitado por la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL). Se analizó la competencia de la Sala para conocer del recurso y se determinó que la Ley de Universidades se aplica preferentemente sobre el reglamento interno de la universidad en cuestión, dado su carácter experimental. La Sala concluyó que los profesores jubilados tienen derecho a participar en los procesos electorales de la universidad.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la interpretación del artículo 10 de la Ley de Universidades, debe entenderse según el sentido que se evidencia de sus palabras, en los términos anteriormente expuestos. Es por lo anterior que deben aplicarse preferentemente las disposiciones del Reglamento Interno y de manera subsidiaria la Ley de Universidades.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Electoral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la interpretación del artículo 10 de la Ley de Universidades, debe entenderse según el sentido que se evidencia de sus palabras, en los términos anteriormente expuestos. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
interpretacionuniversidadeselectoralreglamentoparticipacionprofesores jubiladoscomision electoralderecho al sufragio