Sentencia N° 163 — Sala Electoral del TSJ, 31 de octubre de 2006

TSJ/SE, Sent. N° 163, Exp. 06-000071, 31/10/2006
Expediente06-000071
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-10-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por David Salomón Plaza Ramírez en representación de Argenis Escobar, debido a que la Junta Directiva del sindicato SINTRABEM había vencido su período desde el 16 de noviembre de 2004. La Sala consideró que la solicitud contaba con el apoyo de 46 afiliados, cumpliendo así con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo para la convocatoria de elecciones. Se ordenó a la Junta Directiva de SINTRABEM la realización de elecciones conforme a un cronograma electoral detallado en la sentencia.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Junta Directiva de SINTRABEM tiene su período vencido desde el 16 de noviembre de 2004, es decir, hace más de 23 meses; y que la solicitud de convocatoria a elecciones en el referido sindicato cuenta con el apoyo de 46 afiliados. Por tales razones, esta Sala estima que en el caso de autos los extremos de procedencia a que se refiere el artículo 435 de la Ley Orgánica del Trabajo para disponer la convocatoria de elecciones están satisfechos, y así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE la intervención de los ciudadanos ERNESTO URBINA, ROGER DOMÍGUEZ, OTTAMENDY EVARISTO, JONATHAN LEÓN, DANY MARRERO, HUGO GONZÁLEZ, ALBERTO LANDAETA, CARTAGENA FRANKLIN, JUAN SEGOVIA, MERWIN BLANCO, ALEXANDER SALAZAR, FRANCISCO MIRANDA, ESTEBAN HERNÁNDEZ, DARWIN GASCÓN, ZERPA DEICAL, EDGAR VELÁSQUEZ, EDWIN SÁNCHEZ, DUMER CARRASCO, BLADIMIR CAMARGO, JORGE CARÍAS, MICKEL TRILLO, JESÚS CEDEÑO, HENRY GONZÁLEZ, MIGUEL ROMERO, MARCOS HERNÁNDEZ, CARLOS OJEDA, YOSMAR DÍAZ, HUGO HERNÁNDEZ, SONDEAD MEDINA, CARLOS ESCOBAR, GOVANNY LÓPEZ, JOE DAZA, ROBERTO GUARAMA, DOUGLAS ARENAS, WILMER TORRES, JESÚS CÁRDENAS, FRANKLIN PEÑA, JUALYS LUGO, WILLIAMS ESPINOZA, LUIS ALBERTO MACHADO, LAYMIR YOEL SÁNCHEZ, JAIME CHAPELLÍN, MARCELINO ROJAS, CELEDONIO PEREIRA y LEONEL JOSÉ ACOSTA, venezolanos, antes identificados, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3 del artículo 370 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud planteada por la abogada ROXANA ORIHUELA GONZATTI, en su condición de Fiscal Segunda del Ministerio Público, designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, y en las Salas, Constitucional y Político Administrativa, por cuanto sí existe materia sobre la cual decidir. TERCERO: CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones en la Organización Sindical de los Trabajadores de las Bebidas del Estado Miranda (SINTRABEM), presentada el 30 de mayo de 2006 por el abogado DAVID SALOMÓN PLAZA RAMÍREZ, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ARGENIR ESCOBAR, antes identificado, de conformidad con el artículo 435 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Palabras clave

convocatoriaeleccionessindicatotrabajadoresamparojurisdicciónderechos laboralesorganización sindical

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca