Sentencia N° 158 — Sala Electoral del TSJ, 14 de agosto de 2017

TSJ/SE, Sent. N° 158, Exp. 2015-000127, 14/08/2017
Expediente2015-000127
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DEL TRÁMITE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por varios ciudadanos en su calidad de miembros del sindicato SINTRAMEPROCOBALUHISICO. La decisión se fundamenta en la incomparecencia de las partes a la audiencia pública fijada para el 10 de agosto de 2017, lo que evidenció el abandono del trámite por parte de los accionantes. La Sala, al considerar que la acción no afecta el orden público, resolvió dar por concluido el procedimiento.

Extracto de la motiva

GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LAS ELECCIONES SINDICALES, contenidas en la Resolución No. 090528-0265 del 28 de mayo de 2009, emanada del Consejo Nacional Electoral (…) el artículo supra transcrito consagra (…) el derecho al sufragio activo y pasivo de los trabajadores afiliados a un sindicato, en perfecta garantía al derecho de libertad sindical, estableciéndose en consecuencia como requisito su CONVOCATORIA A ELECCIONES. Alegaron ejercer la “…ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada…” en razón de la normativa supra señalada e indicaron “…que los derechos antes enunciados están siendo violados por la JUNTA DIRECTIVA DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL (…) al no haber convocado al Proceso Electoral a la fecha de la interposición de la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL” (destacado del original).

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DEL TRÁMITE en la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada, por los ciudadanos EDICKSON RAFAEL FLORES JIMÉNEZ, ÁNGEL JOSÉ AGUILAR PIÑANGO, JOHN EDUARD IVIRMA GARCÍA, ARGENIS MORALES, RAMÓN SÁNCHEZ, ALEXIS SUÁREZ y GREGORY ABRAHAM TORREALBA CELIS, antes identificados, actuando con el carácter alegado de miembros del SINDICATO DE TRABAJADORES METALMECANICOS PROCESADORES DE COBRE, ALUMINIO, HIERRO, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA (SINTRAMEPROCOBALUHISICO), asistidos por el abogado Hermann Vásquez Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 35.213, contra los integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, dada la incomparecencia de la parte actora.

Palabras clave

derechos humanossindicatoseleccionesamparo constitucionallibertad sindical

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