Sentencia N° 155 — Sala Electoral del TSJ, 9 de noviembre de 2010

TSJ/SE, Sent. N° 155, Exp. 10-000054, 09/11/2010
Expediente10-000054
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2010-11-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por Carlos Andrés Hernández Santos, afiliado al SUNEP-IPASME, debido a que la Junta Directiva del sindicato no había convocado elecciones tras el vencimiento de su período. La Sala declaró competente para conocer la solicitud y admitió la misma, ordenando la notificación a las autoridades del sindicato y del Ministerio Público. Finalmente, se decidió convocar a elecciones para el período 2010-2013, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral observa que el artículo 435 de la Ley Orgánica del Trabajo, expresa lo siguiente: 'Artículo 435: Transcurridos tres (3) meses de vencido el período para el cual haya sido elegida la directiva del sindicato sin que se haya convocado a nuevas elecciones, un número no menor del diez por ciento (10%) de los trabajadores miembros de la organización, podrá solicitar (…) la convocatoria respectiva.' De la norma antes trascrita, se evidencia que una vez transcurridos tres (3) meses de vencido el período para el cual resultaron electas las autoridades sindicales, sin que se haya convocado a elecciones; un número de afiliados no menor al diez por ciento (10%) de los integrantes del sindicato de que se trate podrá solicitarla ante la Sala Electoral, para que ésta convoque el proceso comicial pendiente. En este caso, ambas partes admiten que la Junta Directiva actual tiene su período vencido, y que no ha convocado el proceso electoral para renovar a sus autoridades. Asimismo, reconocen que el Sindicato tiene un total de tres mil setecientos setenta y ocho (3778) afiliados, y que el diez por ciento requerido para solicitar la convocatoria a elecciones equivaldría a trescientos setenta y siete (377) afiliados. El solicitante adujo contar con un respaldo de quinientos nueve (509) firmas, mientras que su contraparte sostuvo que de ese número deben descontarse ciento dieciocho (118) firmas que corresponden a personas no afiliadas al Sindicato, más noventa y cinco (95) firmas que presentaron 'sin el debido encabezamiento al inicio de la hoja y no garantiza la finalidad para las que fueron recolectadas'. Ahora bien, en relación con las noventa y cinco (95) firmas que han sido objetadas 'por falta de encabezamiento', esta Sala Electoral no puede hacer otra cosa que desestimar dicho argumento, al verificarse que las referidas firmas forman parte integrante de un mismo esquema, cuyo membrete reza: 'NOSOTROS LOS ABAJOS FIRMANTES TRABAJADORES DE LA UNIDAD MÉDICA IPASME MARACAIBO, AFILIADOS AL SUNEP IPASME CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 435 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, DEMANDAMOS ELECCIONES SINDICALES NACIONALES CORRESPONDIENTES AL PERÍODO 2010-2013'. Además, estas planillas están en original y cada una de ellas tiene el sello húmedo de la Unidad del IPASME MARACAIBO SUNEP.

Dispositiva

Por las consideraciones antes expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por el ciudadano CARLOS ANDRÉS HERNÁNDEZ SANTOS, antes identificado. En consecuencia, ORDENA la convocatoria a elecciones en el SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (SUNEP-IPASME), período 2010-2013, de acuerdo con las 'Normas Para la Elección de las Autoridades de las Organizaciones Sindicales' dictadas por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución número 041220-1710 del 20 de diciembre de 2004, publicada en Gaceta Electoral número 229 del 17 de enero de 2005. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

convocatoriaeleccionessindicatoSUNEP-IPASME

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