Sentencia N° 150 — Sala Electoral del TSJ, 16 de julio de 2015

TSJ/SE, Sent. N° 150, Exp. 2015-000004, 16/07/2015
Expediente2015-000004
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2015-07-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Lorenzo Roberto Santana, en su calidad de Coordinador Nacional de Finanzas del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), contra los comicios realizados el 3 de diciembre de 2014. El recurrente alegó irregularidades en la convocatoria y aprobación de la memoria y cuenta del año 2013, así como la inelegibilidad del candidato electo, Luis Enrique Veliz, por no haber presentado cuentas de su gestión administrativa.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Comité Ejecutivo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL) cumplió con la obligación de rendir cuentas anualmente, y que la Asamblea General Ordinaria del 19 de marzo de 2014 se realizó conforme a lo establecido en los estatutos y la ley. Se desestima el alegato del recurrente sobre la inelegibilidad del candidato electo, ya que no se presentó impugnación a la Asamblea en el momento oportuno. La Sala concluye que no hay fundamento para declarar la nulidad del proceso electoral.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano Lorenzo Roberto Santana, anteriormente identificado, actuando en su propio nombre y en su condición de Coordinador Nacional de Finanzas del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), contra los comicios realizados el 3 de diciembre de 2014, por la Comisión Electoral Nacional de esa organización sindical. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

sindicatosconvocatoriamemoria y cuentainelegibilidadjuntas directivastrabajadores

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