La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por afiliados al Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del estado Falcón. La solicitud fue admitida inicialmente, pero durante la audiencia oral y pública fijada para el 31 de julio de 2014, no comparecieron las partes. La Sala, tras analizar la situación, decidió declarar terminado el procedimiento debido a la falta de comparecencia de la parte accionante y la parte presuntamente agraviante.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, observa la Sala Electoral que la parte presuntamente agraviada no asistió a la audiencia oral y pública fijada en el marco de la tramitación de la presente solicitud de convocatoria a elecciones, para el día 31 de julio de 2014, además este Juzgador considera que no hay razones que afecten el orden público por las que se justifique la continuación de este procedimiento, lo que acarrea, que conforme al criterio jurisprudencial antes expuesto, se declare su terminación.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la solicitud de convocatoria a elecciones, interpuesta en fecha 15 de noviembre de 2012 por los ciudadanos Carlos Cobis, Danilo Oduber y Jannfranco Pereira, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del estado Falcón (SUNEP-FALCÓN), y asistidos por la abogada Glenny Colina Sánchez.