Sentencia N° 121 — Sala Electoral del TSJ, 12 de agosto de 2010

TSJ/SE, Sent. N° 121, Exp. 10-000039, 12/08/2010
Expediente10-000039
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2010-08-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Geovanny José Aldazoro Pineda, en su calidad de miembro del Sindicato de Trabajadores de la Empresa C. A. Bananera Venezolana. El recurso fue presentado contra la Resolución No. 100224-0027 del Consejo Nacional Electoral, que declaró la inadmisibilidad sobrevenida de la impugnación de la postulación de la plancha número 1 en el proceso electoral del sindicato. La Sala determinó que los recurrentes sí agotaron la vía de impugnación ante la Comisión Electoral antes de acudir al Consejo Nacional Electoral.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral observa que en el marco del proceso comicial para renovar la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA C. A. BANANERA VENEZOLANA (SINTRACABV), los ciudadanos Richard Sira, Geovanny José Aldazoro, Gupertino Zárraga e Ivan Varoni; previamente identificados, impugnaron la admisión de la postulación de la plancha número 1, integrada por los ciudadanos Yorman Martínez, José Medina, Jimmy Álvarez, Douglas Pinto, Alí Adán, José Véliz, Rafael Palencia, Domingo Vargas y Víctor Pineda; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 13.096.582, 8.511.605, 15.283.788, 14.918.536, 11.271.908, 7.907.205, 11.279.908, 18.302.453 y 12.080.773, respectivamente, para ocupar los cargos de Secretario General y Organización, Secretario Trabajo y Reclamo, Secretario de Finanzas, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y Propaganda, Secretario de Deporte, Secretario de Vigilancia y Disciplina, 1er Vocal y 2do Vocal, en su orden; toda vez que los ciudadanos Yorman Martínez, José Medina, Víctor Pineda y Alí Adán, quienes formaban parte de la Junta Directiva en funciones, a decir de los recurrentes, se encontraban incursos en la causal de inelegibilidad prevista en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. Aducen los recurrentes que tal impugnación fue formulada ante la Comisión Electoral que regentó dicho proceso, pero que al no recibir respuesta de éste órgano electoral, entendieron que había operado el silencio administrativo de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, y procedieron a formular la misma impugnación ante la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral, ubicada en el estado Yaracuy.

Dispositiva

En mérito de las razones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con Lugar el presente Recurso Contencioso Electoral interpuesto por el ciudadano GEOVANNY JOSÉ ALDAZORO PINEDA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 15.484.834, actuando en su condición de miembro del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA C. A. BANANERA VENEZOLANA (SINTRACABV), contra “el Acto Administrativo de Efectos Particulares, contenido en la Resolución No. 100224-0027, de fecha 24 de febrero de 2010, emanada del Concejo (Sic) Nacional Electoral...”, mediante el cual el referido órgano declaró la inadmisibilidad sobrevenida de la impugnación que formularon los ciudadanos Richard Sira, Geovanny José Aldazoro, Gupertino Zárraga e Ivan Varoni; identificados con las cédulas de identidad números 17.256.919, 15.484.834, 11.271.779 y 7.559.123, contra la admisión de la postulación de la plancha número 1, en el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido sindicato. En consecuencia se declara la nulidad absoluta del acto impugnado y en consecuencia se ordena al Consejo Nacional Electoral conocer y decidir el recurso jerárquico interpuesto.

Palabras clave

recurso contencioso electoralinelegibilidadsindicatoConsejo Nacional Electoral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca