Sentencia N° 999 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0999, Exp. 08-1029, 01/07/2009
Expediente08-1029
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos José Ángel Moreno, Amabilis Antonio Cornieles y Pedro Samuel Páez contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero del Trabajo del Estado Aragua. La sentencia recurrida había declarado con lugar la defensa de cosa juzgada opuesta por la empresa demandada, confirmando la decisión del tribunal de instancia que había desestimado el recurso de apelación de los demandantes.

Extracto de la motiva

De la lectura realizada de la delación transcrita, se observa el error en el cual incurre el formalizante al denunciar el artículo 1.395 del Código Civil por errónea interpretación, pues de su fundamentación se desprende claramente que lo que pretende delatar es la falsa aplicación de dicha disposición legal. Ahora bien, no obstante la deficiencia detectada, así como que no indicó el recurrente cuál es la norma que considera aplicable, esta Sala la pasa a conocer, toda vez que estima necesario aclarar el punto referente a la cosa juzgada producto de la transacción celebrada en el presente caso. Así, se delata la norma en cuestión, al declarar el juzgado superior con lugar la defensa de cosa juzgada opuesta por la parte demandada con respecto a la acción incoada por los ciudadanos José Moreno y Amabilis Cornieles, con fundamento en la transacción celebrada entre los mencionados trabajadores y la empresa demandada por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua en la ciudad de Maracay, aún cuando consta en autos, a su decir, que en la referida transacción, si bien se acordó lo relativo a las prestaciones sociales de los trabajadores, no se incluyó lo relativo a la diferencia de salario proveniente del laudo arbitral, objeto éste de la presente demanda.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación intentado por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en fecha 22 de abril del año 2008. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cosa juzgadarecursos de casaciónprestaciones socialesdiferencia de salarios

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