Sentencia N° 994 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0994, Exp. 05-440, 28/07/2005
Expediente05-440
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La recurrente alegó que la sentencia violó normas de orden público y jurisprudencia, pero la Sala determinó que no se cumplían los requisitos de admisibilidad establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional, en los siguientes términos: En el caso bajo estudio señala la recurrente, que el sentenciador superior violentó normas de orden público y la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social, al establecer la sentenciadora que la trabajadora no era de dirección y acordar se le cancelara la indemnización de antigüedad de acuerdo con el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, así mismo señala que acordó el pago de algunos conceptos sin exponer las razones de hecho, lo cual luego de una exhaustiva revisión, no fue constatado por esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 09 de marzo del año 2005 emanada del Juzgado Primero Superior del nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Maturín.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de la legalidadinadmisibilidadjurisprudencianormas de orden públicoindemnización de antigüedadrecursotrabajo

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