Sentencia N° 987 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de noviembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0987, Exp. 17-067, 08/11/2017
Expediente17-067
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-11-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Peluquería Unisex El Sanch, C.A. contra una sentencia que había declarado con lugar una demanda por prestaciones sociales. La Sala determinó que la relación entre los demandantes y la demandada era de naturaleza mercantil, bajo la figura de contratos de cuentas en participación, y no laboral, lo que llevó a declarar sin lugar la demanda de los actores. Se destacó que los demandantes asumían los riesgos de su actividad y no existía subordinación ni salario, elementos característicos de una relación laboral.

Extracto de la motiva

Es criterio pacífico y reiterado de esta Sala de Casación Social, que queda inmotivada la sentencia por haberse incurrido en silencio de pruebas cuando el Juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes que consta en las actas del expediente y cuando, a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el Juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla. En materia laboral, la valoración y apreciación de las pruebas corresponde al juez considerando las reglas de la sana crítica, debiendo analizar todas las pruebas que hayan sido promovidas, admitidas y evacuadas en la oportunidad legal correspondiente, aun aquellas que, a su criterio, no aporten ningún elemento de convicción sobre los hechos controvertidos en el proceso, en atención a lo establecido en los artículos 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 509 del Código de Procedimiento Civil. Del análisis de la sentencia impugnada se desprende, que el ad quem no hizo mención sobre las denominadas firmas personales señaladas por la parte recurrente, aunado a ello se observa de la decisión que el tribunal de alzada no valoró la totalidad de las pruebas promovidas por las partes, sólo hace mención a un contrato de cuentas de participación y de manera genérica a unas facturas, sin entrar a analizar en su conjunto las mismas con base en el principio de comunidad de la prueba, considerando, que dichas documentales resultaban determinantes en el dispositivo del fallo a los fines de demostrar la naturaleza de la prestación de servicios de las demandantes.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada Peluquería Unisex el Sanch, C.A., contra la decisión proferida en fecha 17 de noviembre de 2016 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SEGUNDO: se ANULA la sentencia recurrida antes identificada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Amalia Rosa Báez y José de Jesús Aguilar. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónrelación laboralcontrato de cuentas en participaciónprestaciones sociales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca