Sentencia N° 976 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de julio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0976, Exp. 14-138, 30/07/2014
Expediente14-138
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-07-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Octavia Josefina Álvarez Navas contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidenció violación de normas de orden público en la sentencia impugnada. La parte recurrente alegó irregularidades en la publicación de la sentencia y la aplicación de normas laborales, pero la Sala concluyó que la decisión del tribunal inferior se encontraba ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: El escrito recursivo consta de tres delaciones. La primera de ellas, se encuentra orientada a atacar el proceder del juzgador ad quem, quien publicó su sentencia in extenso en fecha 30 de septiembre de 2013, pese a haber dictado el dispositivo oral el día 18 de ese mismo mes y año; vale decir, con nueve días de diferencia entre uno y otro acto. A decir de la impugnante, de esa manera “incurrió el tribunal ad quem en el vicio de ilegalidad, al haber violado los artículos 137 de la Constitución; 159 y 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (…)”. En segundo término, la demandante solicita el control difuso de la constitucionalidad del artículo 666, literales “a” y “b”, de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, porque a su decir dicha norma viola la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, indicando que adicionalmente se vulneró el principio in dubio pro operario.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de septiembre de 2013. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de legalidadrecursostribunalessentenciasderecho laboral

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