Sentencia N° 975 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0975, Exp. 14-104, 30/07/2014
Expediente14-104
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-07-30
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidenció violación de normas de orden público absoluto en la sentencia impugnada. Se destaca la importancia del cumplimiento de los requisitos técnicos-formales para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En este orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad del recurso presentado, observando: Arguye la parte recurrente que el juzgador de alzada incurre en la violación de normas de orden público contenidas en los artículos 89, numerales 2 y 3, 91 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; así como los artículos 5, 6, Parágrafo Único y 9 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; así como 141 y 146 de la Ley Orgánica del Trabajo. Al respecto, aduce en su escrito lo que a continuación se transcribe: Nuestra Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Trabajo y la Ley Orgánica Procesal (sic) obliga a los intérpretes de la normativa social a tener como norte de sus actos la búsqueda de la verdad, tener en cuenta la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores y en caso de duda en la interpretación de una norma, darle la que más beneficie al trabajador. Para la solución de nuestra petición el Juez estaba obligado a inquirir el verdadero alcance de los artículos 141 y 146 de la Ley Orgánica del Trabajo, expusimos en la audiencia correspondiente que la interpretación reiterada en casos donde el trabajador percibe salario variable, ha sido obtener el promedio de lo devengado (…) y aplicar ese mandato legal frente a la diferenciación que establece el legislador en el artículo140 de la Ley Orgánica del Trabajo, citada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 12 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de legalidadinadmisibilidadprestaciones socialessentenciatrabajo