Sentencia N° 971 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de noviembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0971, Exp. 15-1417, 02/11/2017
Expediente15-1417
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-11-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de noviembre de 2017, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Pascuale Caschetta Dileonardo contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo, que había revocado un fallo anterior y declarado sin lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala determinó que el demandante, a pesar de ser calificado como 'encargado', no era un trabajador de confianza y, por lo tanto, le eran aplicables los beneficios de la convención colectiva correspondiente. Se ordenó la anulación del fallo recurrido y se establecieron los términos para el pago de las prestaciones adeudadas.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia lo siguiente: Una vez revisado el escrito de formalización presentado por la parte actora recurrente ante esta Sala, resulta imperativo destacar que el mismo no cumple con lo requerido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ni el formalizante al plantear sus denuncias cumplió con el deber de emplear la correcta técnica casacional, ya que el mismo tiene el deber de dar fundamentación al recurso de casación, de manera tal que lo alegado por el recurrente sea comprendido dentro de un marco claro, concreto y preciso, cumpliendo con los requisitos que establece la ley para explicar con base a qué norma y por qué la sentencia impugnada adolece de vicios capaces de anular el fallo recurrido; dado a que por su carácter extraordinario, exige el cumplimiento de ciertas formas esenciales y sólo procede en los casos expresamente señalados por la Ley. Dicha limitación obedece a que no se trata de una tercera instancia sino de un medio de impugnación que tiene por objeto una revisión in iure de la sentencia, mas no de la causa.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de noviembre del año 2015; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la ciudadana PASCUALE CASCHETTA DILEONARDO contra la sociedad mercantil SUPER ESTACIÓN DE SERVICIOS NUEVO PRADO, C. A.