Sentencia N° 968 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0968, Exp. 12-963, 08/08/2012
Expediente12-963
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoHomologacion
Fecha de la decisión2012-08-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción entre Yulmer Javier Osorio García y la empresa Vasos Venezolanos, C.A., en el marco de un juicio por indemnización derivada de enfermedad profesional. La transacción fue presentada ante la Secretaría de la Sala y se evidenció que se cumplían los requisitos legales para su homologación, garantizando la asistencia debida y la voluntariedad del acuerdo.
La decisión establece que la homologación otorga efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional, concluyendo así el litigio judicial de manera definitiva. Se enfatiza que no hay condenatoria en costas para las partes y se ordena la expedición de copias certificadas de la transacción y del auto que la homologa, conforme a la normativa aplicable.
Finalmente, se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que realice los trámites necesarios para el archivo del expediente, asegurando la correcta distribución de la decisión a los órganos judiciales correspondientes.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante, actuó con la representación debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano YULMER JAVIER OSORIO GARCÍA y la empresa VASOS VENEZOLANOS, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.