Sentencia N° 964 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de agosto de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 964, Exp. 04-620, 10/08/2004
Expediente04-620
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-08-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Portuguesa. La Sala analizó la solicitud de perecimiento del recurso y determinó que este fue formalizado oportunamente, desestimando así la solicitud de la parte demandada. Además, se abordaron las denuncias de quebrantamiento de forma y fondo, concluyendo que la Alzada sí se pronunció sobre las pruebas presentadas y que no incurrió en falta de aplicación de las normas citadas por el recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurso fue formalizado de manera oportuna, por lo que en tal razón, se declara improcedente la solicitud de perecimiento. En cuanto al recurso por quebrantamiento de forma, el recurrente denuncia la ilogicidad en la motivación, señalando que la recurrida no se pronunció sobre la tacha propuesta. Sin embargo, la Sala constata que la Alzada sí emitió pronunciamiento al respecto, considerando las pruebas presentadas y la condición del trabajador. En relación al quebrantamiento de fondo, se argumenta la falta de aplicación del artículo 51 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pero la Sala determina que la recurrida actuó conforme a derecho al no otorgar valor probatorio a la constancia de trabajo emitida por una persona no autorizada según los estatutos de la empresa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 28 de abril de 2004, proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en consecuencia, se confirma la decisión recurrida. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casaciónilógica en la motivaciónfalsedad de documentovalor probatorioLey Orgánica del Trabajoconciliacióncostas

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