Sentencia N° 951 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0951, Exp. 16-307, 11/10/2016
Expediente16-307
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Gustavo David Pérez contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de Carabobo. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que no se cumplían los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para su admisibilidad. Se destacó que el control de la legalidad es un medio excepcional y que la decisión impugnada se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
Verificado en el caso de autos los requisitos técnicos-formales indicados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: Primeramente denuncia el impugnante la “OMISIÓN DEL CARÁCTER DE TRABAJADOR DEPENDIENTE Y A SU VEZ LA INOBSERVANCIA DE LA NORMATIVA ESTABLECIDA EN LA CONVENCIÓN COLECTIVA DEL TRABAJO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, ASÍ COMO LA VIOLACIÓN DE ARTÍCULOS TANTO LEGALES COMO CONSTITUCIONALES”. (Destacado del formalizante). En este sentido, refiere que el conocimiento del ad quem se limita puramente a los puntos objeto de impugnación, aunque obvia la argumentación relativa a la revisión de la Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela. Expresa en su acción recursiva que, se trata de un trabajador de la industria de la construcción que prestó servicios en el cargo de Inspector de Control de Calidad no obstante realizar tareas relativas a la descripción de su cargo bajo las instrucciones de un supervisor así como las relativas a las labores de orden, limpieza del lugar de trabajo e instalaciones sanitarias, cuidar, usar y mantener los equipos de seguridad e informar de sus deterioros, custodia de equipos, maquinarias y herramientas de trabajo lo cual a su decir, son actividades que van más allá de cargo ejercido como “Inspector QA-QC”, especificado en el contrato de trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 18 de febrero de 2016. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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