Sentencia N° 943 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0943, Exp. 12-1185, 11/10/2016
Expediente12-1185
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-10-11
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de octubre de 2016, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulado la sentencia del Tribunal Superior Noveno del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de indemnización por accidente de trabajo. La Sala determinó que los demandantes, padres de la trabajadora fallecida, no demostraron que estaban a cargo de ella al momento de su muerte, lo que les privó de la cualidad para reclamar la indemnización correspondiente según el artículo 568 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Previo al análisis que debe efectuarse en cuanto al recurso de casación incoado, resulta imperativo destacar que esta Sala de Casación Social ha establecido en reiteradas oportunidades el deber del recurrente de cumplir con la correcta técnica casacional al plantear sus denuncias. Así, cualquier delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, imprecisa o confusa daría lugar a que fuera desechada por indeterminación, al extremo que incluso, pudiera acarrear conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el perecimiento del propio recurso. Pero, no sólo es una carga para el recurrente precisar con claridad la especificidad de sus denuncias, sino que también está obligado a que su escrito de formalización, considerado como un cuerpo sistemático de argumentaciones jurídicas, esté constituido, en cuanto a su construcción lógico-jurídica, de un esquema lo suficientemente coherente como para delimitar los motivos o causales de casación. En el caso en autos, la formalizante denuncia la infracción de los artículos 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 12 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con el numeral 2 del dispositivo 168 de la ley adjetiva laboral (el cual contiene un catálogo de vicios por infracción de la ley), sin embargo, no indica en qué consiste el error de juzgamiento cometido por el juez superior, lo que denota una técnica deficiente. No obstante lo expuesto, esta Sala de Casación Social, al márgen de las deficiencias advertidas, extremando sus funciones, a los fines de preservar las garantías contenidas en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede a analizar los argumentos que sustentan la presente delación, con el propósito de examinar lo pretendido por el formalizante.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Especial Cuarta de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 21 de marzo de 2012. SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos NORMA MIGUELINA MOYA PONCE y MIGUEL ENRIQUE CORREA contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD y su ente adscrito HOSPITAL GENERAL DEL OESTE. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

indemnizacionesaccidente de trabajobeneficiarioscualidad activaLey Orgánica del Trabajodaño moral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca