Sentencia N° 937 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0937, Exp. 12-591, 08/08/2012
Expediente12-591
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2012-08-08
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de legalidad propuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero, que confirmó el derecho al cobro de honorarios profesionales. La Sala argumenta que el recurso es excepcional y debe ser utilizado para proteger el orden público laboral, y que en este caso, el procedimiento de intimación de honorarios es autónomo y debe seguir las normas de la Ley de Abogados y el Código de Procedimiento Civil, no las de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad, tiene un carácter extraordinario o excepcional con la finalidad de impedir las extralimitaciones de los tribunales de última instancia, en contra de los fallos que no siendo recurribles en casación violenten o amenacen con infringir el orden público laboral que es un orden público de protección, o cuando la sentencia proferida por la recurrida sea contraria a la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. (Francisco Carrasquero López, El Recurso de Control de Legalidad en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Estudio sobre Derecho del Trabajo, libro homenaje a José Román Duque Sánchez, Página 291 y 292). (Resaltado de la Sala). De lo precedentemente expuesto podemos entonces inferir, que el recurso de control de la legalidad se interpone solamente contra aquellas sentencias de los tribunales superiores del trabajo que vulneren normas legales que atenten contra el orden público laboral, ya sean disposiciones de índole procesal o sustantiva del trabajo.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte intimada contra la sentencia de fecha 11 de abril del año 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Palabras clave
honorarios profesionalescontrol de legalidadinadmisibilidadderecho laboral